Los Obispos españoles han hecho público el documento “Ante la crisis moral y económica”, en el que señalan como causas de la actual situación de crisis:
“la pérdida de valores morales, la falta de honradez, la codicia y la carencia de control de las estructuras financieras”
¿Cómo es posible hacer este diagnóstico y, a la vez, mantener como presidente de la Cope a una persona sancionada por malas prácticas financieras?
Alfonso Coronel de Palma, presidente y consejero delegado de la Cope, fue nombrado para ese cargo en el año 2006, pero anteriormente había sido vocal del Consejo de Administración de Eurobank del Mediterráneo, que fue intervenido por el Banco de España en el 2003 por graves deficiencias en su gestión.
Las responsabilidades de Coronel de Palma en la gestión de Eurobank supusieron la imposición de varias sanciones:
Imponer a don Alfonso Coronel de Palma Martínez-Agulló las siguientes sanciones, previstas en los artículos 12 y 13 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito:
Sanción de separación del cargo, con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito por un plazo de cinco años, y multa por importe de cincuenta mil euros (50.000 €), por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 4.b) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, relativa al mantenimiento durante un período de seis meses de unos recursos propios inferiores a los exigidos para obtener la autorización correspondiente al tipo de entidad de crédito de que se trata.
Sanción de separación del cargo, con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito por un plazo de tres años, y multa por importe de treinta mil euros (30.000 €), por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 4.j) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, relativa al incumplimiento del deber de veracidad informativa debida a los depositantes y al público en general.
Imponer a D. Alfonso Coronel de Palma Martínez-Agulló Vocal del Consejo de Administración de Eurobank del Mediterráneo, S.A., la siguiente sanción, prevista en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito:
Multa, por importe de 1.000.000 pesetas (un millón de pesetas), 6.010,12 euros (seis mil diez euros con doce céntimos), prevista en el apartado 1.a), del artículo 12, por su responsabilidad, en el grado que ha quedado determinado en el presente expediente disciplinario, en la infracción muy grave tipificada en la letra b) del artículo 4 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, consistente en mantener durante un período de seis meses unos recursos propios inferiores a los exigidos para obtener la autorización correspondiente al tipo de entidad de que se trate.»
1 comentario:
Hacen lo que han hecho toda la vida: cargar a los demás con pesadas cargas que ellos no están dispuestos a llevar. Pura hipocresía y cinismo.
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