jueves, 24 de diciembre de 2009

El CEU no siempre sigue el magisterio de la iglesia en sus programas académicos

La Fundación Universitaria San Pablo CEU ha anunciado que no va a incorporar a los programas de sus titulaciones sanitarias los contenidos referidos a la práctica de abortos, tal como indica la nueva Ley del Aborto.

Si se analiza el programa de la asignatura Obstetricia y Ginecología de la Licenciatura en Medicina impartida por la Universidad San Pablo CEU, podemos leer:

REPRODUCCIÓN HUMANA
Lección 42: Patología reproductiva. Concepto de esterilidad e infertilidad. Clasificación.Etiología. Diagnóstico. Exploración de la pareja estéril. Tratamiento de la esterilidad: Tratamiento del factor ovárico. Inducción de la ovulación. Tratamiento del factor tubárico. Tratamiento del factor cervical y vaginal. Tratamiento del varón. Reproducción asistida: Inseminación artificial. Fertilización in vitro.
Lección 43: Control de la natalidad y planificación familiar. Concepto y Clasificación de los diferentes métodos contraceptivos. Evaluación de la eficacia de los mismos. Método del ritmo. Método de barrera. Anticoncepción hormonal: Anticonceptivos esteroides. Análogos Gn-RH. Contracepción en el varón. Anticoncepción irreversible.

En esta programación parece no haberles importado que Iglesia Católica rechace los métodos anticonceptivos artificiales (barrera, hormonales,…) y la inseminación y fecundación artificial, tal como puso de manifiesto en la encíclica Humanae Vitae y en la instrucción Donum Vitae.

El Catecismo de la Iglesia Católica lo deja bien claro:

2370 La continencia periódica, los métodos de regulación de nacimientos fundados en la autoobservación y el recurso a los períodos infecundos (HV 16) son conformes a los criterios objetivos de la moralidad. Estos métodos respetan el cuerpo de los esposos, fomentan el afecto entre ellos y favorecen la educación de una libertad auténtica. Por el contrario, es intrínsecamente mala ‘toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga como fin o como medio, hacer imposible la procreación’ (HV 14):

‘Al lenguaje natural que expresa la recíproca donación total de los esposos, el anticoncepcionismo impone un lenguaje objetivamente contradictorio, es decir, el de no darse al otro totalmente: se produce no sólo el rechazo positivo de la apertura a la vida, sino también una falsificación de la verdad interior del amor conyugal, llamado a entregarse en plenitud personal’. Esta diferencia antropológica y moral entre la anticoncepción y el recurso a los ritmos periódicos ‘implica... dos concepciones de la persona y de la sexualidad humana irreconciliables entre sí’ (FC 32).

2377 Practicadas dentro de la pareja, estas técnicas [inseminación y fecundación artificiales homólogas] son quizá menos perjudiciales, pero no dejan de ser moralmente reprobables. Disocian el acto sexual del acto procreador. El acto fundador de la existencia del hijo ya no es un acto por el que dos personas se dan una a otra, sino que ‘confía la vida y la identidad del embrión al poder de los médicos y de los biólogos, e instaura un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona humana. Una tal relación de dominio es en sí contraria a la dignidad e igualdad que debe ser común a padres e hijos’ (cf CDF, instr. "Donum vitae" 82). ‘La procreación queda privada de su perfección propia, desde el punto de vista moral, cuando no es querida como el fruto del acto conyugal, es decir, del gesto específico de la unión de los esposos... solamente el respeto de la conexión existente entre los significados del acto conyugal y el respeto de la unidad del ser humano, consiente una procreación conforme con la dignidad de la persona’ (CDF, instr. "Donum vitae" 2, 4).

No hay comentarios:

Publicar un comentario